TESTIMONIO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: 0 R D E N A N Z A Nº 69/87 --------------------------------- ARTICULO 1.- Declárase de interés municipal el fomento a la construcción de ------------ viviendas en el Partido de Balcarce ------------------------------ ARTICULO 2.- Modifícase el inciso e), del Artículo 201º de la Ordenanza Fiscal ------------- 1987, subtítulo "Derechos de Construcción", quedando redactado de la siguiente forma: "e) las viviendas que no excedan los 80 m2, siendo vivienda única" ARTICULO 3.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-------------------------------- DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en sesión Ordinaria, a los treinta días del mes de Septiembre de mil novecientos ochenta y siete. FIRMADO: Héctor C. Galella - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.--